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Autoriza a conducir:
 

- Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg y construidos para el trasporte de no más de ocho plazas a demás del conductor.
 

- Podrá arrastrar un remolque hasta 750 kg de masa máxima.
 

- También podrá arrastrar un remolque de más de 750 kg, siempre que la masa máxima del conjunto no sobrepase los 3500 kg.
 

- Triciclos y cuadriciclos de motor (para poder conducirlos,  cuando  la potencia excede de 15 Kw (20,4 caballos), será necesario  tener 21 años.)
 

- Ciclomotores y vehículos  para personas de movilidad reducida.
 

- Cualquier vehículo  especial y conjunto de los mismos: agrícola o no agrícola, cuando su masa máxima autorizada no exceda de 3500 Kg y su velocidad no supere los  40 km/h.
 

- No autoriza a conducir motocicletas (Pero, cuando se esté en posesión del permiso B con  una antigüedad de más de tres años podrán conducir por el territorio español  motocicletas hasta 125 cc. Que sea necesario el permiso de la clase A1)

Edad mínima: 18 años.

Autoriza a conducir:


- Vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente.

- Vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte público de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3500 kg, y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve.
 

Sólo tiene validez dentro del territorio nacional.

Edad mínima: 18 años. 

Permiso B

Permiso BTP

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